“El derecho a la “vida privada”, tiene una larga tradición en el Estado liberal al encontrarse prevista en la Cuarta Enmienda (1791) a la Constitución de los estados Unidos, como: “El derecho de los ciudadanos de ser protegido en su persona, sus casas, sus documentos y sus cosas, y de ser protegidos de toda pesquisa y retención irracional, no podrá ser violado” (Camilo Velásquez Turbay 2004, p. 322)
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